Con independencia del borrador de Acuerdo de comercio y cooperación entre la UE y Reino Unido alcanzado el pasado 24 de diciembre de 2020, a partir del 1 de enero de 2021 el Reino Unido quedó fuera de la Unión Aduanera y del Mercado único de la UE y será un tercer país a todos los efectos tanto en comercio de bienes como de servicios. Sus productos han dejado de tener el estatus de originarios de la UE.
Las condiciones que se han acordado no son en ningún caso equivalentes a las condiciones de las que gozan los Estados Miembros. Por tanto, el final del período transitorio supondrá la aparición de formalidades a los intercambios comerciales que no existen en la actualidad.
Desde el 1 de enero de 2021 (00.00 horas) los intercambios comerciales con Reino Unido (excepto Irlanda del Norte) se considerarán exportaciones e importaciones, lo cual tiene las siguientes implicaciones:
Consulte aquí la información relativa a los Controles de Mercancías de la Secretaría de Estado de Comercio, con ejemplos prácticos.
A través de los siguientes enlaces de la Sede Electrónica (de la web del Ministerio de Industria, comercio y Turismo) podrá realizar toda la tramitación de certificaciones, permisos y declaraciones para las operaciones de comercio exterior con Reino Unido: